Descubre los requisitos necesarios para poder hacer una instalación correcta y reglamentada del Gas R32. Como os contamos en el anterior post, el gas R410-A tiene un nuevo sustituto el gas R32.
El gas R32, según el vigente Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas (RSIF – RD 138/2011), está considerado como un refrigerante de seguridad media (grupo L2) por su grado de inflamabilidad.
Esto supone que la instalación de equipos con R32 requerirá de más recursos técnicos y económicos para los instaladores y los usuarios finales.
La persona instaladora tiene que cumplir con los límites de concentración del refrigerante en función de cada aplicación según el RD 138/2011 (Instrucción IF-04 sección 3):
Por otro lado, el instalador del gas R32 también tiene que cumplir con una serie de requisitos:
El usuario final que instale un aire acondicionado de estas características también debe de cumplir una serie de requisitos:
Por nuestra parte esto es todo en relación al gas R32. Si estás interesado en adquirir un aire acondicionado de este tipo, quizás te interese echar un vistazo al producto.
Si lo deseas, puedes dejarnos tus preguntas y/o comentarios en el formulario a continuación y con gusto trataremos de responderlas. Nos vemos en el siguiente post.